Bono social térmico en la Comunitat Valenciana 2023 – 2024

Ya está disponible la publicación del listado de personas beneficiarias del Bono Social Térmico 2020 y 2023 en la Comunitat Valenciana.

Si necesitas que lo comprobemos por ti ponte en contacto con nosotros a través de estos medios:

 

¿Quiénes son las personas beneficiarias?

Las personas que resulten ser beneficiarias del Bono Social Térmico 2020 y 2023 recibirán, en el mes de abril, una carta en la que se indica la cuantía que les corresponde, el número de cuenta donde se les va a ingresar y la posibilidad de renunciar a la ayuda. Asimismo el importe de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria, previsiblemente, a partir del próximo mes de julio.

En caso de que no tenga domiciliado el pago de la factura eléctrica, en la notificación que reciba se le solicitará una cuenta bancaria para realizar el ingreso de la ayuda.

Recordamos que son beneficiarios/as del Bono Social Térmico 2023, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, las personas que eran beneficiarios/as del Bono Social de Electricidad a 31 de diciembre de 2022.

Puede consultar si es beneficiario a través del siguiente enlace:

https://bono-termico.ivace.es/bono-termico/#/consulta-ayuda?ejercicio=2023

 

¿En qué consiste esta ayuda?

El importe de la ayuda se abonará en un pago único anual en su cuenta bancaria — en la que tenga domiciliada la factura eléctrica — y la cuantía de la misma depende del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática en la que se ubique la vivienda habitual, aquella en la que se encuentre empadronado/a.

La ayuda correspondiente a una persona consumidora vulnerable severa o en riesgo de exclusión social es un 60% superior a la asignada en su zona climática a una persona consumidora vulnerable.

 

¿Cuál es la cuantía otorgada en las ayudas del Bono Social Térmico 2023?

La cuantía de la ayuda a percibir por cada beneficiario/a de la Comunitat Valenciana —en función de la zona climática en la que reside y de su consideración de vulnerabilidad—, es la siguiente:

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES:

  • ¿Cómo puedo aportar o modificar mi cuenta bancaria?

En caso de que no tuviera domiciliado el pago de la factura eléctrica deberá facilitar la cuenta bancaria aportando un certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la que sea titular, dirigido al INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE), Ciudad Administrativa 9 d’Octubre Torre 2, C/ de la Democràcia, 77, 46018 València. Y lo mismo para el caso de que quiera modificar la cuenta bancaria que figura en la carta.

El plazo para poder comunicar/modificar la cuenta bancaria será hasta el 15 de mayo de 2024, inclusive.

  • ¿Qué ocurre si la persona beneficiaria ha fallecido?

Se dan dos supuestos distintos dependiendo del momento de fallecimiento:

– Si la persona beneficiaria de la ayuda del Bono Social Térmico 2023 ha fallecido con anterioridad al 31 de diciembre de 2022 sus herederos/as NO tendrán derecho al cobro de la ayuda.

– Si la persona beneficiaria de la ayuda del Bono Social Térmico 2023 ha fallecido con posterioridad al 31 de diciembre de 2022 sus herederos/as PODRÁN SOLICITAR el cobro de dicha ayuda.

Para poder solicitar el cobro deberán remitir la siguiente documentación:

  • Certificado de defunción de la persona beneficiaria de la ayuda, en el que conste la fecha de fallecimiento.
  • Declaración Responsable cumplimentada y firmada, cuyo modelo se puede obtener y descargar haciendo clic aquí.
  • Copia del DNI de la persona representante de la comunidad hereditaria.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se comunica, a los efectos de recibir la ayuda del Bono Social Térmico 2023.

Dicha documentación se deberá enviar al INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE), Ciudad Administrativa 9 d’Octubre Torre 2, C/ de la Democràcia, 77, 46018 València; por alguno de los siguientes medios:

  1. Correo ordinario o certificado
  2. Correo electrónico, a la dirección: ivace@ivace.gva.es
  3. Oficina de Registro Virtual (ORVE)

 

MÁS INFORMACIÓN:

  • Legislación

– Artículo 5 Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores (BOE núm. 242, de 06/10/2018), cuya versión consolidada, a fecha 27/10/2021, se puede visualizar en este enlace.

Resolución de 4 de marzo de la presidenta del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables en el marco del programa Bono Social Térmico del ejercicio 2023 (DOGV nº 9808 de 13/03/2024)

  • Contacto

Para realizar cualquier consulta sobre el Bono Social Térmico 2023, puede enviar un mensaje al correo electrónico: consultas@gestionfamiliar.es y a través de Whatsapp pinchando en el siguiente enlace: https://api.whatsapp.com/send?phone=34665023479&text=Consulta%20desde%20gestionfamiliar.es