¿Cómo tributa el Bono Social Térmico en la declaración de IRPF?

Recién abierto el plazo para la nueva campaña de la Renta 2024, surgen varias dudas, entre otras en torno a la tributación del Bono Social Térmico en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de la Agencia Tributaria.

La duda general es si el Bono Social Térmico debe tributar, y en este caso la respuesta es afirmativa; esto se debe a que la mayoría de las subvenciones y ayudas económicas que concede la Administración pública, tienen el calificativo de ganancia patrimonial.

El Bono Social Térmico es una medida de apoyo económico y protección social diseñada para garantizar el acceso a la calefacción y a hacer frente a los gastos derivados de su consumo, previniendo situaciones de pobreza energética. Este bono se implementa como un complemento al bono social eléctrico y está dirigido a aquellas personas que ya sea beneficiarias de esta último.

El último dato de seguimiento territorial de las personas beneficiarias ofrecido por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), a finales del mes de Febrero de 2024; indica que 1.646.649 personas en el territorio Español son beneficiarias de dicha ayuda. Cabe destacar que la gestión del pago de esta prestación corresponde a cada Comunidad Autónoma y sus organismos competentes.

¿Tributa, pues, el Bono Social Térmico?

Al tratarse de un pago directo se considera que si que debe tributar, según  el portal web de Hacienda , que indica que «su obtención no está ligada a un elemento patrimonial, y no se califica como rendimiento del trabajo o de la actividad económica». Por lo que, el importe obtenido por esta subvención a lo largo del ejercicio fiscal 2023, habrá que incluirlo en la casilla 0301, cuando se presente la próxima declaración de la Renta.

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