IMPORTANTE: Ayudas al alquiler de la Junta de Castilla y León 2021

Por fin han salido publicados los listados completos de personas beneficiarias de las ayudas al alquiler de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2021.

Consultar el listado provisional de personas beneficiarias AQUÍ

Consultar el listado provisional de personas con valoración desfavorable AQUÍ

Consultar el listado provisional de personascon valoración de desistidas AQUÍ

Consultar el listado provisional de personas inadmitidas AQUÍ

Motivos de denegación AQUÍ

Documentación AQUÍ

Una vez comprobado que eres persona beneficiaria, dispones de un mes a contar desde la fecha de la publicación del listado para aportar la documentación justificativa del pago de la renta. Es necesario presentar los documentos del pago mensual de la renta del año 2021. Estos documentos pueden ser:

    • el justificante de transferencia bancaria
    • la domiciliación bancaria
    • el ingreso en efectivo en la cuenta de la persona arrendadora.

En el documento acreditativo del pago deberá constar expresamente la identificación completa de la persona que lo realiza y del que lo recibe, coincidiendo en todo caso quien lo recibe con la persona arrendadora y la persona que solicitó la ayuda, el importe y el concepto por el que se realiza, con indicación del mes al que corresponde. No están permitidos como documentos acreditativos los recibos manuales.

La documentación puede ser aportada físicamente, a través del registro general en las Administraciones competentes, o de manera digital, a través del portal la Junta de Castilla y León indicando los datos personales y el procedimiento 2366 – subvenciones destinadas al alquiler de vivienda. Para realizar el trámite a través del portal web, es necesario disponer de certificado digital para firmar electrónicamente la solicitud.

Lo más importante en esta convocatoria es conocer todos los requisitos, especialmente el de la renta asociada al ámbito municipal. Normalmente, los requisitos no varían demasiado de una convocatoria a otra, por lo que es importante tenerlos en cuenta para presentar la solicitud en próximos años.

  • Ser titular, en calidad de arrendataria, de un contrato de arrendamiento de vivienda, con mención expresa de su referencia catastral. Si la vivienda es de protección pública, el contrato de arrendamiento deberá estar visado previamente por el Servicio Territorial de Fomento correspondiente.
  • Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente de la arrendataria, lo que se comprobará con el  empadronamiento, que acredite a fecha de presentación de la solicitud, las personas con domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato.
  • Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de Islandia, Noruega, Liechtenstein o Suiza. En el caso de los extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal, en España.
  • Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean inferiores a 3 veces el IPREM.
  • Que dichos ingresos sean inferiores al límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia (LIUC) que se expresará en número de veces la cuantía anual del IPREM.
  • Que la renta de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento sea igual o inferior a la cantidad en euros mensuales que se indica a continuación, en función de los ámbitos territoriales en los que se encuentra dividido el territorio de la Comunidad de Castilla y León:

El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que se ha indicado en la solicitud, una vez que se aporte la documentación requerida dentro del plazo.

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