El pasado viernes 18 de marzo se publicaron en el BOCYL nº54, las bases de ambas convocatorias. En el caso de las subvenciones al alquiler de vivienda se tasan en un máximo del 40% (hasta alcanzar una cuantía máxima de 2400 €).
Importante:
«El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente a aquél en el que se publique el extracto de la convocatoria de las ayudas en el «Boletín Oficial de Castilla y León».»
Las modificaciones de las bases reguladoras se pueden consultar AQUÍ
En el caso de las ayudas dedicadas a la rehabilitación de vivienda, se han modificado parte de las bases incluyendo una idéntica a la que hemos tratado antes en lo referente a plazos.
El resto de modificaciones se pueden consultar AQUÍ
Desde el Programa de Educación Financiera Familiar y para la prevención de la Pobreza Energética estaremos atentas a la publicación de ambas convocatorias en el BOCYL.