Ya ha llegado, a partir de hoy contamos con toda la información y la documentación necesaria para solicitar el nuevo Bono Social.
Pero, yo ya lo tengo.
Sí, esa puede ser una de las opciones a las que tenemos que hacer frente. De momento y durante las próximas seis facturas no habrá problemas en seguir siendo beneficiaria del anterior descuento del 25%, algo que en el caso de los domicilios que lo tenían exclusivamente por potencia (menor a 3kW) deberán conocer si van a poder beneficiarse de la nueva modalidad de Bono Social.
En caso de ser familia numerosa o tener una pensión mínima las cosas van a seguir siendo muy similares a la actualidad. Solamente vamos a tener en cuenta la excepción del consumo, ya que hasta ahora no se penalizaba el consumo, y en este Bono Social sí va a existir un límite de consumo, así que mucho ojo a las familias que tengan calefacción eléctrica.
Por último está el caso de los hogares con todas las personas en situación de desempleo, en este caso deberemos solicitar el Bono Social y normalmente con las prestaciones actuales estaremos dentro de las modalidades de renta. Pero, para conocer la realidad vamos a tener que ir caso a caso.
Os adjuntamos una tabla completa con todas las modalidades de familia, ingresos y excepciones. En esta tabla solamente contemplamos las opciones de vulnerabilidad (25% de descuento) y vulnerabilidad severa (40% de descuento). La modalidad con mayor atención será la denominada exclusión social y estará controlada por medio de los servicios sociales de turno (es muy importante que todas las familias conozcan el recurso, y quién es la administración de referencia en cada caso. Ayuntamiento, Diputación o Comunidad Autónoma).
Como podéis ver hay excepciones y familias que serán bonificadas por el nuevo Bono Social, los enlaces que aparecen os permitirán consultar todas las modalidades (pensiones mínimas), IPREM, condiciones del Bono Social y anexos, solicitudes, etc. Os dejamos los enlaces a todos los boletines oficiales para que la información sea lo más completa posible.
El enlace completo al cuadro resumen lo podéis descargar AQUÍ
En el caso de los cortes de suministro, vamos a ver una modificación importante. Ya que una vez dentro de las categorías del Bono Social se pasa a tener un plazo de cuatro meses para solucionar la problemática del corte, en las situaciones más graves las familias declaradas en exclusión social quedarán protegidas del corte equiparando la situación a la de la Ley 24/ 2013, por tanto la situación se considerará «suministro de electricidad esencial» previsto en el artículo 52.4.j).
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