Ya está aquí el nuevo Bono Social

Ya ha llegado, a partir de hoy contamos con toda la información y la documentación necesaria para solicitar el nuevo Bono Social.

Pero, yo ya lo tengo.

Sí, esa puede ser una de las opciones a las que tenemos que hacer frente. De momento y durante las próximas seis facturas no habrá problemas en seguir siendo beneficiaria del anterior descuento del 25%, algo que en el caso de los domicilios que lo tenían exclusivamente por potencia (menor a 3kW) deberán conocer si van a poder beneficiarse de la nueva modalidad de Bono Social.

En caso de ser familia numerosa o tener una pensión mínima las cosas van a seguir siendo muy similares a la actualidad. Solamente vamos a tener en cuenta la excepción del consumo, ya que hasta ahora no se penalizaba el consumo, y en este Bono Social sí va a existir un límite de consumo, así que mucho ojo a las familias que tengan calefacción eléctrica.

Por último está el caso de los hogares con todas las personas en situación de desempleo, en este caso deberemos solicitar el Bono Social y normalmente con las prestaciones actuales estaremos dentro de las modalidades de renta. Pero, para conocer la realidad vamos a tener que ir caso a caso.

Os adjuntamos una tabla completa con todas las modalidades de familia, ingresos y excepciones. En esta tabla solamente contemplamos las opciones de vulnerabilidad (25% de descuento) y vulnerabilidad severa (40% de descuento). La modalidad con mayor atención será la denominada exclusión social y estará controlada por medio de los servicios sociales de turno (es muy importante que todas las familias conozcan el recurso, y quién es la administración de referencia en cada caso. Ayuntamiento, Diputación o Comunidad Autónoma).

Como podéis ver hay excepciones y familias que serán bonificadas por el nuevo Bono Social, los enlaces que aparecen os permitirán consultar todas las modalidades (pensiones mínimas), IPREM, condiciones del Bono Social y anexos, solicitudes, etc. Os dejamos los enlaces a todos los boletines oficiales para que la información sea lo más completa posible.

BOE Bono Social: https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/07/pdfs/BOE-A-2017-11505.pdf
BOE Solicitud del bono social: https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/07/pdfs/BOE-A-2017-11505.pdf
BOE IPREM: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-7387
BOE Pensiones mínimas: https://www.boe.es/buscar/pdf/2016/BOE-A-2016-12605-consolidado.pdf

El enlace completo al cuadro resumen lo podéis descargar AQUÍ

En el caso de los cortes de suministro, vamos a ver una modificación importante. Ya que una vez dentro de las categorías del Bono Social se pasa a tener un plazo de cuatro meses para solucionar la problemática del corte, en las situaciones más graves las familias declaradas en exclusión social quedarán protegidas del corte equiparando la situación a la de la Ley 24/ 2013, por tanto la situación se considerará «suministro de electricidad esencial» previsto en el artículo 52.4.j).

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