La Agencia Tributaria ha dado inicio a la Campaña de la Renta 2024 el 2 de abril de 2025, permitiendo a los contribuyentes presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
Estas son las fechas clave de la Campaña de la Renta 2024:
- 2 de abril de 2025: Comienza la presentación de declaraciones por Internet.
- 6 de mayo de 2025: Inicio del servicio de confección de declaraciones por teléfono, previa solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
- 2 de junio de 2025: Inicio de la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria para la confección de declaraciones, con cita previa que puede solicitarse desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio
- 25 de junio de 2025: Fecha límite para la domiciliación bancaria de declaraciones con resultado a ingresar.
- 30 de junio de 2025: Finaliza la campaña de la Renta 2024.
Modalidades de presentación:
- Online: A través de la plataforma Renta WEB, también tienes a tu disposición el Asistente Virtual para un acompañamiento y asesoramiento personalizado.
- Telefónica: Mediante cita previa, llamando a los números habilitados por la Agencia Tributaria. (A partir de la fecha indicada en el Calendario de la campaña)
- Presencial: En las oficinas de la Agencia Tributaria, también con cita previa. (A partir de la fecha indicada en el Calendario de la campaña)
Recomendaciones:
- Revisar detenidamente toda la documentación necesaria antes de iniciar el proceso.
- Revisar las DEDUCCIONES AUTONÓMICAS
- Utilizar los recursos de ayuda disponibles en la página web de la Agencia Tributaria.
- En caso de dudas, solicitar cita previa para recibir asistencia personalizada.
Novedades destacadas para la Declaración de la Renta 2024:
Obligación de Declarar: Se eleva el umbral de ingresos que exime de la obligación de declarar para contribuyentes con más de un pagador. Anteriormente establecido en 15.000 euros, ahora se sitúa en 15.876 euros anuales. Este cambio busca adaptar el límite a las variaciones salariales y económicas actuales.
Modificaciones en Deducciones por Alquiler de Vivienda: La deducción general por alquiler de vivienda se reduce del 60% al 50%. Sin embargo, pueden aplicarse incrementos en ciertos casos específicos, como contratos de alquiler a jóvenes o en zonas de mercado tensionado.
Nuevos Métodos de Pago: Se incorporan nuevas opciones para el pago de la declaración, incluyendo el uso de tarjetas de crédito y la plataforma Bizum, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones tributarias de manera más ágil y adaptada a las tecnologías actuales.
Declaración de Criptomonedas: Se establece la obligación de declarar las transacciones con criptomonedas, con un régimen de sanciones para el incumplimiento.
Deducciones por Donaciones a ONG: Se incrementan las deducciones fiscales por donaciones realizadas a organizaciones no gubernamentales.
Libertad de Amortización para Vehículos Eléctricos: Con efectos desde el 1 de enero de 2024, se establece la libertad de amortización para vehículos nuevos eléctricos (tipos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV) afectos a actividades económicas, así como para nuevas infraestructuras de recarga. Esta medida sustituye a la amortización acelerada aplicada en ejercicios anteriores.
¿Y el Bono Social Térmico, cómo tributa? Aquí te lo explicamos.
Enlaces de interés:
- Sede electrónica de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta.html
- Calendario del contribuyente: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/campana-renta/calendario-campana-renta.html
No dejes para el último momento la presentación de tu Declaración de la Renta.
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